La pregunta de una clienta muy de confianza acerca de si nuestros productos estaban testados en animales me sorprendió y, aunque este tema no figuraba en principio en el índice de este blog, aquí estamos, a vueltas con un tema muy complejo. Aunque la pregunta parezca extemporánea, tiene miga, mucha miga.
No es raro ver un logotipo, generalmente un conejito, acompañado por una leyenda del tipo: “Not tested on animals”.
Logotipos foráneos para países permisivos
Las agencias u organismos que conceden estos logotipos y certificaciones en base a una serie de requisitos desempeñan aún, en ciertos países, una labor muy útil. Los principales y más conocidos tienen su origen en países de la Commonwealth. Su existencia hoy está justificada en USA o en Canadá porque, hasta ahora, no está prohibido testar los cosméticos (como producto acabado o sus ingredientes) en animales en la totalidad de su territorio.
Canadá está en la vía de prohibirlo mediante recogida de millones de firmas y USA ya lo ha hecho en algunos estados. En Australia, se prohibió en el 2020, mediante una ley similar a la de la UE.
A partir de su creación, estos organismos entraron en una competición para convertirse en los más exigentes y dignos de confianza. Se estableció una diferenciación entre “oficiales” y “no oficiales”. Tal diferencia no existe, ninguna certificación es oficial, es decir de una agencia del gobierno. Lo que se quiere decir, supongo, es que algunos logos son de organismos certificadores reconocida trayectoria y otros creados por las mismas empresas que fabrican los productos. Éstos últimos disgustan; no sabemos si porque son dudosos o porque no pasan por caja.
Ahora bien, en los países que no han prohibido en su totalidad los test en animales, insisto, estos organismos cumplen con una función verificadora muy loable y permiten al usuario ejercer una elección informada. También puede resultar útil para la exportación a según qué países.
En la UE, esto ya no tiene sentido. Es un anacronismo. Y, según algunos expertos y la propia administración, tal vez sea algo más.
¿Son pertinentes los logos “Cruelty free” en la UE?
En el sector cosmético, los test en animales están prohibidos en la UE.
Por lo tanto, cuando vemos un producto fabricado en la UE en una estantería, tenemos la seguridad de que ese producto no ha sido testado en animales, porque es uno de los requisitos para su puesta en el mercado UE, excepto que haya sido puesto en el mercado con anterioridad a la ley.
Efectivamente, en la UE, está prohibido testar los cosméticos en animales desde el 2004. Y, está prohibido testar ninguno de sus ingredientes desde el 2009. En 2013, el nivel de exigencia aumentó y se prohibió testar el producto en sí, cualquiera de sus ingredientes y en cualquier parte del mundo (esto último para los que tuvieran veleidades de testarlos fuera de las fronteras UE). Como bien dice Cosmewax “lleven el logo, o no” y añade de forma muy acertada: “Muchas empresas europeas, utilizan el logo “Cruelty Free” en el packaging de sus productos para indicar que no están testados en animales. Esto es tan solo una maniobra de marketing que más que ayudar al consumidor final, lo confunde, porque hace pensar que los productos que no lleven este logo “Cruelty Free” sí testan sus productos en animales. Además, desde 2009 no está permitido hacer publicidad sobre la ausencia de test en animales en cosméticos«.[1]
En conclusión, la certificación «Cruelty free» y su correspondiente logo no tienen utilidad alguna en la Unión Europea y lo único que os tiene que preocupar es que ha sido debidamente notificado en el CPNP (Portal de Notificación de Productos Cosméticos).
Sobre la certificación “Cruelty free”, recomiendo la lectura íntegra de un excelente artículo, completo y claro, de Enrique Ortega Burgos.[2] En él, deja meridianamente claro cómo las marcas aprovechan la buena fe de los consumidores y utilizan estos logos como herramientas de marketing cuando, en realidad, carecen de “valor añadido” dado que: “todos son iguales de cruelty free y not tested on animals… Y por ello, ese porcentaje tan alto de población que adapta sus necesidades de consumo a razones de éticas y sostenibilidad, es engañado, y compra productos con la etiqueta de libre de maltrato animal pensando que así aporta su granito de arena a una causa que, en Europa, ya está ganada”.[3]
En ese mismo artículo, se pregunta su autor que por qué, entonces, no llevan todos los productos de la UE ese logo. “En primer lugar, porque iría contra la normativa europea” y “No se permiten las reivindicaciones que den la idea de que un producto presenta un beneficio determinado cuando éste consiste en el mero cumplimiento de los requisitos mínimos legales… En segundo lugar, porque ninguna de las certificaciones y sellos referidos son oficiales, sino que pertenecen a organizaciones privadas que los otorgan de acuerdo a criterios propios y a cambio de un canon o precio. Y no parece tener mucho sentido pagar por una certificación que, de añadirla a los productos o asociarla a la marca, conlleva una infracción de la normativa europea que pueda sancionarla”. Y, para concluir, añade que supone “un acto de competencia desleal… y demuestra dos cosas: que el empresario no tiene respeto por la normativa aplicable a su actividad; y que la marca intenta manipular a los consumidores a costa de la reputación e imagen de sus competidores y del resto de la industria cosmética”[4]
De hecho, y por si quedaba alguna duda, en la página de la DGCCRF (Direction Générale de la Concurrence, de la Consommation et de la Répression des fraudes), que es el organismo dependiente del Ministerio de Economía francés encargado de, como su nombre indica, vigilar el cumplimiento en materia de Competencia, Consumo y Represión del Fraude, entre otras cosas del respeto a la normativa en materia de etiquetado, recuerda que: “El reglamento europeo prohíbe la experimentación animal para los productos cosméticos. En consecuencia, la alegación « no testado sobre animales » es abusiva y no debe figurar en esos productos ». Como mucho, se tolerará este tipo de logo siempre y cuando las exigencias impuestas por los organismos calificadores superen las exigencias intrínsecas de la propia normativa y faciliten el acceso a su información en la misma etiqueta.
Por lo tanto, concluye, y dado que la mención « No testado sobre animales » está prohibida en la UE… Se ruega que fabricantes e importadores dejen de mencionar dichas alegaciones y logos en sus productos cosméticos destinados al mercado europeo”. Concluye que este dispositivo puede ser objeto de controles por parte de los agentes de la DGCCRF.[5]
¿Y qué pasa en China?
La normativa china va directamente en sentido opuesto: los test en animales son obligatorios para conseguir la autorización de puesta en el mercado. Aunque, como es comprensible, tenderá a evolucionar paulatinamente, teniendo en cuenta la sensibilidad creciente de la población para con los animalitos que nada nos han pedido. La legislación es farragosa y contempla ciertas exenciones en la venta on line en Hong Kong, Macao y Taïwan.[6]
Desde el 1/05/2021, desapareció la obligatoriedad de los test en animales en productos de “uso ordinario” importados. “Los productos como champú, gel de baño, lápiz labial, loción y maquillaje se consideran productos «ordinarios»; por otro lado, los tintes para el cabello, los productos blanqueadores, los productos para eliminar pecas y blanquear, los protectores solares y los productos para la caída del cabello son «productos especiales» y todavía deben someterse a pruebas con animales en China”.[7]
De esto ¿qué se deduce, si nada ha cambiado en los últimos meses? Pues se deduce que los productos cosméticos fabricados en China han sido, obligatoriamente y por ley, testados en animales. Así mismo, se deduce que todo producto, considerado “especial”, fabricado fuera de China y distribuido en ese país, sea cual sea su país de fabricación, ha debido ser testado en animales para cumplir con la normativa china. También se deduce que los fabricantes extranjeros de “productos ordinarios” pueden evitar esos test pero no tienen prohibido hacerlos.
A la complejidad de la situación actual y a la falta de armonización de las normativas vino a sumarse un factor caótico: las grandes plataformas de distribución. Su volumen de transacciones es tan sumamente grande que dificulta mucho los controles administrativos. Así que, que cada cual saque sus conclusiones y consuma en función de lo que su sentido de la ética le dicte. Y para concluir sin que nadie nos interprete mal: evitemos rasgarnos las vestiduras y dar clases de ética a otros países porque pocas zonas del mundo superan a los países europeos en hipocresía, por mucho que nos duela. Nuestros hábitos de consumo lo demuestran a diario.
[1] https://cosmewax.com/es/legislacion-cosmetica-cruelty-free
[2] https://enriqueortegaburgos.com/las-etiquetas-cruelty-free/
[3] Id.
[4] Ibid.
[5]https://www.economie.gouv.fr/dgccrf/cosmetiques-ne-vous-fiez-pas-a-lallegation-non-teste-sur-animaux
[6] https://criticalcatalyst.com/es/china-el-fin-de-la-obligacion-de-pruebas-en-animales-para-los-cosmeticos/
[7] Id.